La Moncloa. La nueva Ley General de Telecomunicaciones incentiva las inversiones de los operadores y mejora la protección de los usuarios [Consejo de Ministros]

El Proyecto de Ley crea un marco más adecuado para la realización de inversiones para el despliegue de redes de nueva generación y promueve un uso más eficaz y eficiente del espectro radioeléctrico

Establece que la portabilidad deberá realizarse en el plazo de un día laborable y mejora el acceso a los servicios de telecomunicaciones para personas con discapacidad o con necesidades sociales especiales

También modifica las funciones y el funcionamiento de los organismos reguladores, al tiempo que refuerza las competencias de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que modifica la actual Ley General de Telecomunicaciones, al incorporar al ordenamiento jurídico interno las Directivas europeas de Mejor Regulación y de Derechos de los Ciudadanos que, junto al Reglamento del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas, integran el Paquete Telecom aprobado en noviembre de 2009.

La Ley General de Telecomunicaciones es la norma principal que regula de forma uniforme y omnicomprensiva el sector de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas. Quedan excluidos de su regulación los servicios de comunicación audiovisual y los servicios de la Sociedad de la Información.

El sector de las telecomunicaciones alcanzó en 2009 una facturación de 37.125 millones de euros, lo que representa un 3,5 por 100 del Producto Interior Bruto (PIB). Su inversión en ese período superó los cuatro mil millones de euros. Además, el sector da empleo directo a ochenta mil trabajadores.

PRINCIPALES MODIFICACIONES

Las modificaciones incorporadas proporcionan mayor seguridad jurídica y flexibilidad a los operadores, mejoran la protección de los derechos de los usuarios y refuerzan las competencias de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).

Operadores

El Proyecto de Ley crea un marco de mayor seguridad jurídica e incentivador de las inversiones. En concreto, se crea un marco más adecuado para la realización de inversiones para el despliegue de redes de nueva generación, que permita ofrecer servicios innovadores y tecnológicamente más adecuados a las necesidades de los ciudadanos. Estas redes, tanto fijas como móviles, permitirán ofrecer a los ciudadanos velocidades de acceso a Internet superiores a los 100 Mbits por segundo.

Asimismo, establece que la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, a la hora de imponer obligaciones y condiciones de acceso a las redes debe tener en cuenta el riesgo inversor de los operadores.

Igualmente, se promueve un uso más eficaz y eficiente del espectro radioeléctrico mediante la generalización de los principios de neutralidad tecnológica (utilización de cualquier tecnología) y de servicios (prestación de cualquier servicio).

Respecto a la designación de operador encargado de la prestación del servicio universal, se establece el mecanismo de licitación, mientras que hasta ahora sólo se acudía a este mecanismo si había varios interesados que así lo habían manifestado tras un proceso de consulta.

Además, los operadores que pongan su red a disposición de otras entidades para la realización de emisiones radioeléctricas deberán comprobar, previamente al inicio de dichas emisiones, que estas entidades dispongan del correspondiente título habilitante del dominio público radioeléctrico, lo que constituye una importante medida para evitar las emisiones ilegales de radio y televisión.

Usuarios

Las modificaciones introducidas refuerzan los derechos de los usuarios y su protección. Así, se establece que los usuarios finales tendrán derecho a recibir mayor información sobre las características y condiciones de provisión de los servicios y sobre la calidad con que se prestan (precios, limitaciones de las ofertas, etcétera).

También se protegen de modo más eficaz los datos de carácter personal. Por ejemplo, se aplican las normas de protección de datos a aquellos que se obtengan de las etiquetas de los productos comerciales mediante dispositivos de identificación que hacen uso del espectro radioeléctrico (RFID). Además, establece que se debe dar más información al usuario sobre los archivos o programas informáticos ("cookies") que se almacenan en los ordenadores y demás dispositivos empleados para acceder a Internet con el propósito de facilitar la navegación por la red.

La nueva normativa precisa que el cambio de operador manteniendo el número (portabilidad) deberá realizarse en el plazo de un día laborable. Asimismo, mejora el acceso a los servicios para personas con discapacidad o con necesidades sociales especiales, estableciendo que deberá ser en condiciones equivalentes al del resto de los usuarios. Con este Proyecto de Ley, esta garantía se extiende a todos los operadores, mientras que antes el acceso sólo se garantizaba para el operador designado para el servicio universal.

Por otra parte, se define como infracción el incumplimiento por los operadores de las resoluciones que ponen fin al procedimiento de reclamación de los usuarios.

En la Ley de Economía Sostenible se incluye, como parte integrante del servicio universal de telecomunicaciones, que la conexión debe permitir comunicaciones de datos de banda ancha a una velocidad de un Mbit por segundo.

Organismos reguladores

En este ámbito, el Proyecto refuerza las competencias de la CMT. En los supuestos de fallo persistente de la competencia en el mercado, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones podrá imponer al operador con poder significativo en el mercado (Telefónica, en el caso de la red fija en España) la obligación de realizar una separación funcional entre su red y los servicios minoristas que presta.

Asimismo, se otorga al regulador la competencia para establecer requisitos mínimos de calidad de servicio a los operadores para evitar la degradación del servicio y la obstaculización o ralentización del tráfico en las redes.

El Proyecto de Ley elimina el período de dos años como plazo necesario para proceder a la revisión de los mercados de referencia, por resultar más racional y flexible la revisión periódica.

La CMT podrá establecer la utilización compartida en los tramos finales de las redes de acceso de los operadores que discurran en torno de los edificios, cuando la duplicación de las infraestructuras sea económicamente ineficiente o físicamente inviable.

Qué es la Basura Tecnológica y cómo reciclarla

VER INFOGRAFÍA: Los países que más y menos basura electrónica generan [PDF] Enlace externo, se abre en ventana nueva.

¿CÓMO REDUCIR LA CHATARRA TECNOLÓGICA?

"Los desechos electrónicos son el tipo de desechos que más rápido crecen en el mundo", asegura Peter Bakker, presidente del Consejo Empresarial Mundial para el Desarrollo Sostenible (WBCSD). Ante esta tesitura, urge tomar medidas. A continuación, repasamos algunas de ellas:

Reducir

Cada vez se consumen más aparatos y se sustituyen con mayor celeridad. Cambiar esta tendencia depende tanto del usuario, que debe mostrarse menos permeable a las estrategias de marketing que fomentan el consumo; como de los fabricantes, que cada vez más apuestan por tendencias como el ecodiseño.

Reutilizar

Los expertos en reciclaje electrónico recomiendan que amigos o familiares hereden los aparatos que todavía funcionan, o que se oferten en el mercado de segunda mano. También existe la posibilidad de donar el producto a una ONG especializada.

Reciclar

Cuando el producto ya no funciona y no puede ser utilizado por alguien cercano se debe optar por el reciclaje. Una alternativa para el consumidor es entregar el aparato viejo en el establecimiento donde compra el nuevo o a alguna empresa que se dedique al reacondicionamiento electrónico.

El Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 12 de la ONU indica la necesidad de "garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles". Referido a los desechos electrónicos esto supone lograr una gestión ecológicamente racional durante su ciclo de vida, además de reducir la liberación de tóxicos a la atmósfera, el agua y el suelo para minimizar sus efectos negativos en la salud y el medio ambiente.

BENEFICIOS DE RECICLAR LA BASURA TECNOLÓGICA

Según un estudio publicado en 2019 por la revista Environmental Science & Technology sale 13 veces más caro extraer los minerales de yacimientos naturales que recuperarlos a partir de desechos tecnológicos para fabricar nuevos dispositivos. Para obtener minerales como el platino, el cobre o el paladio no solo hace falta excavar y procesar los materiales, sino también emplear ingentes cantidades de agua o energía. Aquí entra el concepto de economía circular, basado en el aprovechamiento de materiales de productos reciclados y en una menor dependencia de la extracción de recursos vírgenes.

El reciclaje de aparatos electrónicos no solo mejora la calidad del medio ambiente, sino que también trae otros beneficios. La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) considera que estos objetos, si reciben el tratamiento de reciclaje oportuno, pueden generar oportunidades cuyo valor supera los 62.500 millones de dólares anuales y crear millones de nuevos puestos de trabajo a nivel global. En ese sentido, tanto esta organización como la ONU se han marcado como meta incrementar el porcentaje global de reciclado al 30% y alcanzar el 50% en países con legislación sobre residuos electrónicos.

Las malas prácticas en el tratamiento de los residuos electrónicos son un hándicap y estas se dan, paradójicamente, en aquellos países que más cantidad reciben. Hablamos de países en vías de desarrollo —sureste asiático y África subsahariana— que generan un impacto medioambiental negativo al carecer de las infraestructuras adecuadas. Entre los métodos ilícitos destaca el llamado "reciclaje informal", que consiste en usar productos tóxicos al aire libre y baños de ácido.

Aparatos eléctricos y electrónicos

Los materiales valorizables que contienen los AEE suponen un recurso que no debe ni puede perderse, y que tienen que recuperarse en la última etapa de la vida, cuando se transforme en residuo, a través del reciclado o su valorización de manera que esos recursos puedan ser conservados para futuras generaciones, siendo un claro ejemplo de aplicación de la economía circular referida en la Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento al Consejo, al Comité Económico y Social Europea y al Comité de las regiones «Hacia una economía circular; un programa de cero residuos para Europa». La Comisión Europea, COM (2014) 398 final, de julio de 2014.

No obstante, estos aparatos contienen, a su vez, sustancias peligrosas que, si bien son necesarias para garantizar su funcionalidad, pueden emitirse al medio ambiente o ser perjudiciales para la salud humana si, una vez convertidos en residuos, los aparatos no se gestionan y tratan adecuadamente. Estos aparatos pueden contener cadmio, mercurio, plomo, arsénico, fósforo, aceites peligrosos, y gases que agotan la capa de ozono o que afectan al calentamiento global como los clorofluorocarburos, hidrofluorocarburos, o hidrofluorocarburos, cuya emisión debe controlarse especialmente y que se encuentran presentes en los circuitos de refrigeración y en las espumas aislantes de los aparatos de intercambio de temperatura. Es por eso que todas las etapas de la gestión, desde su recogida, almacenamiento, transporte y tratamiento deben hacerse en unas condiciones seguras, sin mezclarse con otros flujos de residuos (recogida separada) y que eviten manipulaciones o roturas que puedan liberar este tipo de sustancias peligrosas al medio ambiente o exponer a los trabajadores que están en contacto con estos residuos, durante su tratamiento a sustancias peligrosas.

Las dos facetas de estos residuos, su alto contenido en materiales valiosos y de sustancias peligrosas son las que determinan la peculiaridad de este tipo de residuos y por lo que la Directiva pretende mejorar el comportamiento medioambiental de todos los agentes que intervienen en el ciclo de vida de los aparatos eléctricos y electrónicos, como, los productores de AEE, los distribuidores y los consumidores, y, en particular, de aquellos agentes directamente implicados en la recogida y tratamiento de los RAEE.

Un ejemplo de los materiales contenidos (% en peso) en los AEE puede resumirse en la siguiente tabla:

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